
Mendoza digitaliza trámite de autorización para viajes de menores al exterior desde febrero
El Poder Judicial de Mendoza confirmó un cambio que impactará en plena temporada alta. A partir del 2 de febrero de 2026, la gestión de las autorizaciones para que menores de 18 años viajen fuera del país y la legalización de documentos firmados digitalmente se canalizará únicamente por internet.
La medida apunta a recortar demoras y simplificar el proceso, especialmente para quienes viven lejos de los centros urbanos. El esquema prevé que la carga de documentación se haga en la plataforma oficial del Poder Judicial y que la presencia física quede reducida al momento de firmar y retirar el permiso, una vez validada la información.
La autorización es obligatoria para cualquier persona menor de edad que salga de Argentina, ya sea sola, con uno de sus progenitores o con un tercero. En Mendoza, quienes estén de acuerdo en otorgarla podrán iniciar el trámite a través del portal del Poder Judicial y solicitar turno digital en la Oficina de Certificaciones y Legalizaciones.
También existe la alternativa de realizar el trámite en Juzgados de Paz, y sigue disponible la vía de otorgarla ante escribano público. Con la nueva modalidad, el paso fuerte se traslada a la carga online, mientras que el control final de firma seguirá exigiendo concurrencia porque un funcionario debe certificarla.
El circuito exige documentación básica y costos administrativos provinciales. Se solicita DNI vigente de madres, padres y del menor, además de una partida de nacimiento reciente con antigüedad máxima de seis meses, gestionable en el Registro Civil.
En cuanto al pago, el trámite se abona con códigos o estampillas fiscales. El detalle indicado incluye tres códigos 010, que pueden adquirirse en Bolsa de Comercio, Banco Nación o mediante pago electrónico en cajeros automáticos, según se informa en los canales oficiales.
Sobre las firmas, existe una regla central. Si el menor viaja sin sus padres o acompañado por alguien que no sea un progenitor, deben firmar ambos, salvo que exista alguna restricción vigente entre ellos. Si el viaje es con uno de los progenitores, firma quien autoriza.
El procedimiento contempla situaciones especiales frecuentes. Para adolescentes de 13 a 17 años, se pide asistencia a la oficina correspondiente para expresar conformidad mediante firma. Si uno de los progenitores reside en otra provincia o país, se debe presentar su autorización con las legalizaciones necesarias y, cuando corresponda, con apostilla conforme a la normativa del lugar donde vive.
Si uno de los padres falleció, se incorpora la partida de defunción debidamente legalizada. Además, al momento de exhibir la autorización en el control migratorio, debe acompañarse con la partida de nacimiento actualizada y legalizada como respaldo de la filiación.
Cuando los progenitores no coinciden, la vía administrativa se corta y el caso pasa al fuero judicial. La solicitud debe presentarse ante los Juzgados de Familia del domicilio del menor. En este escenario no es obligatorio contar con abogado.
La persona interesada puede concurrir y explicar la situación, informando país de destino, dirección precisa, duración del viaje, datos de contacto y con quién viajará el menor. Se debe adjuntar la partida de nacimiento. Luego, el juez fija una audiencia para intentar un entendimiento con la otra parte. Si no hay acuerdo, resolverá mediante sentencia, admitiendo o rechazando el pedido.
El cambio ordena un mensaje claro: desde febrero, el trámite de escritorio se vuelve digital y la presencialidad queda concentrada en lo indispensable.


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