
El Tribunal de Cuentas multó a la intendenta de Santa Rosa por irregularidades en contrataciones
Expreso MendozaEl Tribunal de Cuentas de Mendoza sancionó a la intendenta de Santa Rosa, María Flor Destéfanis, con una multa de $400.000 por irregularidades administrativas detectadas en una contratación municipal realizada en agosto de 2024. El fallo, identificado bajo el número 18.362, surgió del análisis de la rendición de cuentas del ejercicio administrativo y financiero de ese año.
Las observaciones del organismo de contralor apuntan al procedimiento utilizado para contratar artistas en los festejos patronales de Santa Rosa de Lima. El municipio autorizó una contratación directa pese a que existían presupuestos de al menos dos proveedores distintos —la Asociación Soñarte Mendoza y la firma Crimifed SA—, lo que invalidaba la justificación de "exclusividad" que la administración comunal había invocado para evitar una licitación pública.
El decreto municipal Nº 1.047/2024 autorizó la contratación directa con la Asociación Soñarte Mendoza por $23,8 millones. Los artistas contratados para los eventos del 29 y 30 de agosto de 2024 fueron El Mago y La Nueva, Los Chimeno y La Barra.
La defensa presentada por el municipio argumentó que el segundo presupuesto, de la firma Crimifed SA, carecía de firma y que ese proveedor no habría presentado documentación que acreditara exclusividad con los artistas. Sin embargo, la Auditoría descartó ese argumento con un razonamiento contundente: si existía un segundo presupuesto, la exclusividad no podía invocarse como causal de excepción, independientemente de las formalidades que le faltaran al documento.
El Tribunal se respaldó en el artículo 37 de la Constitución provincial, que establece como regla general la licitación pública para las compras y contrataciones del Estado, bajo pena de nulidad. Además, citó el artículo 144 de la Ley 8706, que regula de manera taxativa las excepciones al régimen licitatorio, señalando que no se trata de una facultad discrecional de la administración sino de supuestos que deben estar objetivamente verificados y suficientemente acreditados.
El organismo concluyó que "el apartamiento del procedimiento licitatorio sin la debida acreditación y fundamentación de la causal legal configura un vicio que afecta la validez del acto administrativo por violación del principio de legalidad y del mandato constitucional de transparencia e igualdad en la contratación pública".
Junto a Destéfanis, también fueron sancionados la secretaria de Gobierno y Administración del municipio, Magdalena Ascurra, con una multa de $400.000, y el contador municipal Nelson Carabajal, quien recibió la sanción más alta: $500.000. Los tres funcionarios tienen 30 días desde la notificación para cancelar los montos.
Es importante destacar que el Tribunal de Cuentas aprobó la rendición de cuentas general del municipio, lo que significa que las sanciones son puntuales sobre este procedimiento específico y no implican un cuestionamiento global a la gestión de las finanzas comunales.
El fallo abre una discusión que excede a Santa Rosa y que tiene vigencia en todos los municipios de la provincia: cuándo corresponde recurrir a una contratación directa y cuáles son los límites reales de esa herramienta. El principio constitucional es claro —licitación como regla, excepción como última salida documentada— y el caso muestra que el Tribunal de Cuentas está dispuesto a aplicarlo con rigor.
Para Destéfanis, integrante del radicalismo y figura del interior mendocino, la sanción llega en un año electoral y representa un golpe político que sus adversarios no pasarán por alto. La multa económica puede ser relativamente menor para una gestión municipal, pero el daño reputacional que genera un fallo de este tipo tiene un peso diferente.


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