Condenan al joven que mató a su novio en Luján y seguirá en libertad

    Agustín Caparroz Leal recibió una pena de tres años de prisión por haber asesinado a puñaladas a su novio, Agustín Mamaní, en agosto de 2023. Aunque fue hallado culpable, continuará en libertad tras un fallo que reconfiguró el caso como un homicidio en exceso de legítima defensa.

    Provinciales29/04/2025 Expreso Mendoza

    La Justicia mendocina cerró uno de los expedientes más controvertidos de los últimos años. Agustín Caparroz Leal, un joven de 22 años que se autopercibe mujer, fue condenado a tres años de prisión efectiva por haber matado de doce puñaladas a su pareja, Agustín Mamaní, en un hecho ocurrido en agosto de 2023, en una casa del barrio Unión y Fuerza, en Luján de Cuyo. Sin embargo, la sentencia homologada por el juez Diego Lusverti no cambiará su situación actual: Caparroz continuará en libertad, tal como venía desde diciembre, luego de haber sido excarcelado por un cambio clave en la calificación del delito.

    El caso sacudió desde el primer momento tanto al ámbito judicial como a la opinión pública. Inicialmente, el joven fue imputado por homicidio agravado por el vínculo, una figura legal que prevé la pena de prisión perpetua y que, en Mendoza, no tenía precedentes en parejas del mismo sexo. Esa decisión fue impulsada por la fiscal Claudia Ríos, quien llevó adelante la primera etapa de la instrucción.

    Pero con el correr de los meses, y a medida que se analizaban nuevas pruebas, el expediente tomó un rumbo muy distinto. Uno de los giros más determinantes fue una herida profunda que Caparroz presentaba en una mano y que fue interpretada como defensiva. A esto se sumaron pericias psicológicas, informes forenses y otros elementos que pintaban un cuadro de violencia previa dentro de la pareja. Incluso, aunque no fue parte formal de la acusación, un informe técnico reveló la existencia de videos de abuso sexual infantil en el teléfono celular de Mamaní, la víctima. Ese hallazgo no pasó inadvertido y terminó influyendo en la nueva interpretación judicial.

    A fines del año pasado, el juez Federico Martínez aceptó el pedido de la defensa y recalificó el hecho como homicidio cometido en exceso de legítima defensa. Esta figura penal es excarcelable, lo que permitió la libertad de Caparroz previo pago de una fianza de cinco millones de pesos y el compromiso de cumplir con ciertas condiciones.

    Este martes, la historia judicial se cerró con un juicio abreviado acordado entre el fiscal Fernando Guzzo y el abogado defensor Ariel Benavidez. La pena de tres años fue dictada, pero al haber pasado ya un período detenido y debido al nuevo encuadre legal del hecho, Caparroz no volverá a prisión.

    La resolución desató opiniones encontradas: mientras sectores vinculados a los derechos humanos y la diversidad sexual señalaron la importancia de analizar el contexto completo de los vínculos violentos, otras voces pusieron el foco en la gravedad del hecho y en la aparente "suavidad" de la pena frente a la muerte violenta de una persona.

    El caso Caparroz no solo dejó un debate jurídico abierto sobre cómo se tipifican los crímenes dentro de relaciones no heteronormativas, sino que también encendió preguntas incómodas sobre la forma en que la justicia valora las dinámicas de violencia en las parejas y los márgenes de lo que se considera legítima defensa.

    Como suele ocurrir en estos fallos que conmueven a la sociedad, la sentencia no logró cerrar del todo la herida. La polémica, lejos de terminar, apenas parece haber comenzado.

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